sólo tres condenados por una Justicia que garantiza la impunidad


Mientras el proceso judicial lleva ya más de 360 sentencias y más de 1260 personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, apenas tres de esas personas fueron a empresarios: apenas el 0,24% del total. La vara judicial se eleva cuando se trata de civiles poderosos.

La reticencia  judicial para avanzar con quienes se beneficiaron de los secuestros, tormentos y desapariciones quedó clara desde el inicio de los juicios y fue refrendada últimamente con la absolución a ex empleados jerárquicos de Acindar en Rosario con argumentos que justificaron la represión.

A pesar de eso, en este momento tan complejo a nivel político, las causas siguen. Las víctimas de Molinos Río de La Plata esperan que comience en abril próximo el debate contra Emilio Parodi, ex jefe de personal de la firma que pertenecía en ese momento a Bunge y Born, y se debe fijar fecha en otro contra Juan Ronaldo Tasselkraut, exgerente de producción de Mercedes Benz.

En Jujuy, las víctimas esperan el debate por los crímenes de Ledesma, causa en la que el dueño del ingenio, Carlos Blaquier, falleció impune. Sólo queda imputado el ex administrador Alberto Lemos.

En Tucumán, diez años de trámite judicial por los crímenes de La Fronterita no alcanzaron y el debate fue suspendido el 10 de marzo pasado, pocas horas antes de que comenzara por una estrategia dilatoria de las defensas, que recusaron a dos juezas del Tribunal. Los imputados son dos directivos de la firma azucarera, Jorge Alberto Figueroa Minetti y Eduardo Buttori, acusados de complicidad en secuestros, tormentos, violaciones y homicidios que tuvieron como víctimas a 68 personas, en su mayoría trabajadores y referentes sindicales del ingenio. Ambos tienen más de 86 años.

Para la historiadora Victoria Basualdo (Conicet/ CEDIEP-UNQ/IIEGE-UBA), que se haya podido investigar y juzgar la responsabilidad de algunas empresas tiene un valor enorme en el proceso de Memoria, Verdad y Justicia. “Se pudieron plantear un montón de cuestiones en el caso argentino, se logró la causa Ford, que es una punta a nivel internacional para poder pensar este tema, y se lograron no solo veredictos sino fundamentos de sentencia muy interesantes”.

“Sin duda estamos en un punto de inflexión, es un cambio de tiempo en muchos sentidos y es muy difícil hacer análisis con los procesos en movimiento, pero me parece que hay líneas que son sólidas y que no pueden desconocerse. Creo que esta línea de responsabilidad empresarial hoy es muy relevante y tenemos chances para profundizarla en los tribunales pero también en las calles, en los procesos de memoria, en los procesos de articulación, de lucha sindical y de construcción de identidad. No en clave de nostalgia, no en clave de mirada del pasado únicamente, sino también de mirar al presente y al futuro”, concluyó.

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Un fallo antiobrero

Si llegar a juicio por esos delitos es difícil, condenar a los responsables es aún más complicado. Así ocurrió en la causa Acindar, en la que el año pasado el Tribunal Oral Federal de Rosario absolvió a los 17 acusados, incluidos a Roberto Pellegrini y Ricardo Torralvo, ex empleados jerárquicos de la empresa que hasta 1976 estaba presidida por José Alfredo Martínez de Hoz.

El fallo, conocido en noviembre de 2025, generó sorpresa pero los fundamentos publicados a comienzos de febrero de este año generaron mucha bronca e indignación. El voto del juez Ricardo Moisés Vásquez, quien llevó la voz cantante, dedicó páginas y páginas a analizar la pertenencia política y los posibles delitos que habrían cometido los trabajadores de Acindar, víctimas en este juicio, cuando realizaban medidas de fuerza en la fábrica ubicada en Villa Constitución.

“Nos sorprendió el blindaje del discurso jurídico, es previo a 1985, previo a la Causa 13. La teoría de los dos demonios se queda corta, ellos ven un sólo demonio y somos nosotros”, resumió en conferencia de prensa Gabriela Durruty, abogada de la APDH, que representó a sobrevivientes y familiares, que calificó el fallo como “antiobrero” y “revictimizante”. La APDH, al igual que el Ministerio Público Fiscal, recurrieron a Casación para que revierta el fallo.

El juez aclaró una y otra vez que no se trata de un fallo ideológico, sin embargo, justifica las detenciones masivas con  argumentos muy cercanos a los que llevaron al gobierno de Isabel Perón a ordenar el operativo represivo denominado “Serpiente Roja del Paraná”: “La identificación por parte del Estado de dirigentes sindicales y activistas de la Lista Marrón como vinculados a organizaciones político-militares, y la decisión de adoptar medidas represivas bajo el amparo de estado de sitio vigente, se inscribieron en un contexto histórico en el que el conflicto era percibido —con independencia de su posterior valoración jurídica— como parte de una disputa política de alcance nacional, y no como un mero diferendo gremial local”, sostuvo el juez, quien consideró que no hay pruebas para condenar a ninguno de los acusados.

Si bien el voto de Vásquez fue apoyado por su par Omar Paulucci, el juez Germán Sutter Schneider votó en disidencia y consideró que diez de los casos constituyeron delitos de lesa humanidad, por lo que correspondía una pena de 6 años para Pellegrini y 8 años para el expolicía federal Roberto Álvarez.

Sutter Schneider señaló que constituyeron delitos de lesa humanidad “al originarse en la persecución política de los arrestados por pertenecer, adherir o invocarse su vinculación al grupo o colectivo con identidad propia llamado “Lista Marrón” del gremio de la UOM de Villa Constitución, liderado por Alberto Piccinini, tildado falsamente de subversivo”. “No pueden ser interpretados como sucesos aislados sino insertos un plan de eliminar por esa vía la oposición política que significaba en la UOM este tipo de gestión sindical de base, pluralista e independiente y que generó el verdadero asedio que tuvo lugar en Villa Constitución, caracterizado por una sistematicidad en el ataque a la población civil de aquellos años 1975”, añadió.

La responsabilidad de grandes empresas en el terrorismo de Estado quedó clara desde las primeras denuncias de sobrevivientes, organismos y familiares. El Nunca Más y el juicio a las juntas militares destacaron que muchas de las víctimas eran obreros y que hubo secuestros y centros clandestinos de detención en los lugares de trabajo.

La primera condena, sin embargo, se produjo recién en 2016, cuando el ya fallecido Marcos Levin, dueño de La Veloz del Norte, recibió 12 años de prisión como partícipe necesario de la privación ilegal de la libertad y los tormentos aplicados en 1977 a un trabajador y delegado sindical de la firma. En 2023, recibió una segunda condena a 18 años por su participación en los delitos contra otros 17 trabajadores.

En 2018 fue la sentencia histórica en la causa Ford en la que fueron condenados dos gerentes de la multinacional, Pedro Müller y Héctor Sibilla, a 10 y 12 años de prisión por crímenes contra 24 trabajadores de la planta de Pacheco.

Estas condenas muestran los avances inéditos que pudo lograr el proceso de Memoria, Verdad y Justicia. La dificultad para llegar a esos juicios y a esos veredictos muestra también la resistencia que genera dentro del Poder Judicial, como se pudo ver en casos como el de Blaquier, beneficiado por las demoras judiciales que le permitieron seguir impune hasta el final, o el empresario yerbatero Adolfo Navajas Artaza, quien murió sin ni siquiera llegar a ser procesado: en el expediente, 18 jueces se negaron a tomarle declaración indagatoria por tener vínculos personales con el poderoso empresario correntino.